La Justicia en lo Comercial de Caba, reiteró su rechazo del proceso ejecutivo por un pagaré contra un consumidor. La sentencia trata sobre la relación entre los consumidores y las entidades bancarias en operaciones financieras, especialmente cuando se utilizan títulos de crédito como pagarés o letras de cambio. El problema central es que estos instrumentos, diseñados originalmente para comerciantes, se usan también en el ámbito del consumo, lo que puede afectar la protección del consumidor.
En algunos países, como Alemania y Francia, se ha prohibido el uso de estos títulos en relaciones de crédito al consumo. En otros, como Estados Unidos y España, se permite su uso pero con medidas para proteger al consumidor, permitiéndole oponer defensas que tendría contra el proveedor de bienes o servicios.
En Argentina, la Ley de Defensa del Consumidor (LDC) busca proteger a los consumidores en estas operaciones, asegurando que conozcan bien las condiciones de la deuda y evitando el riesgo de sobreendeudamiento. Si se utiliza un título de crédito en una operación de consumo, las normas de protección al consumidor prevalecen sobre las reglas comerciales que normalmente limitan la revisión de la causa de la obligación.
Esto significa que, en caso de litigio, los jueces deben indagar en la relación subyacente al título de crédito y garantizar que se respeten los derechos del consumidor. La Ley de Defensa del Consumidor tiene rango constitucional y se aplica incluso en juicios ejecutivos, donde generalmente se limita la revisión de la causa.
En resumen, el texto defiende que, cuando hay una relación de consumo, las normas de protección al consumidor prevalecen sobre las normas que regulan los títulos de crédito, para evitar abusos y garantizar un trato justo para los consumidores.